Página 280 - irpa

Versión de HTML Básico

280
ST 3.3 –
Protección radiológica en medicina nuclear
LICENCIAMIENTO Y CONTROL DE INSTALACIONES PET EN ARGENTINA
Rivero, S.*; Defilipi, L.; Almiron, A.; Chilliutti C.
Autoridad Regulatoria Nuclear (ARN). Argentina.
*Autor responsable, e-mail: srivero@arn.gob.ar
El objetivo del presente trabajo es describir el proceso de licenciamiento y los controles
posteriores que se realizan en las instalaciones de medicina nuclear para el propósito de uso
de fuentes no selladas para instalaciones PET, para diagnostico en seres humanos. En la
actualidad la Autoridad Regulatoria Nuclear (ARN) cuenta en sus registros con 27
instalaciones, titulares de Licencias de operación para PET. El Proceso de licenciamiento
consiste en la evaluación de la distribución edilicia, las condiciones de seguridad radiológica, el
equipamiento, la dotación mínima del personal y el sistema de calidad con el que operarán. El
solicitante de la licencia de operación debe demostrar que las condiciones normales de
operación de la instalación PET dan cumplimiento a las restricciones de dosis para
trabajadores y miembros del público, para lo cual deben presentar una memoria técnica que es
evaluada por la ARN en forma independiente. Una vez aprobada dicha memoria técnica se
autoriza la construcción del nuevo servicio. Finalizada la construcción y aprobadas todas las
instancias mencionadas anteriormente, el sector de inspectores de la ARN planifica la
realización de una inspección en donde verifica que las condiciones de seguridad radiológica
coincidan con la presentadas en la memoria técnica aprobada. Una vez que la instalación PET
cumple con todo lo requerido por la normativa vigente, la ARN procede a emitir una Licencia de
Operación con 5 años de vigencia y durante ese período la ARN verificará la seguridad
radiológica de la instalación con inspecciones rutinarias.